Evolución Histórica de la Protección de los DDHH

Derechos Humanos · Cátedra A UNNE · Unidad 03B

Un recorrido por los hitos que llevaron de las cartas medievales a los tratados internacionales de derechos humanos. Sirve para entender por qué la protección nació en el derecho interno, pasó al internacional y volvió al constitucional.

Resumen didáctico

Ideas centrales

Tres grandes momentos

La protección nació en el derecho interno (constitucionalismo), se internacionalizó tras 1945 y volvió al constitucional en Iberoamérica con jerarquía especial.

  • Autoridad: Carta de la ONU (1945); DUDH (1948); art. 75 inc. 22 CN (1994).
  • Caso: El derecho de réplica: nace en una ley, se internacionaliza en la CADH (art. 14.1) y vuelve al derecho interno con jerarquía constitucional.
  • Doctrina: Bidart Campos, G., sobre la constitucionalización del DIDH. [verificar]

Los antecedentes fijaron el debido proceso

Fueros, Carta Magna (1215), Petition of Rights (1628), Habeas Corpus (1679) y Bill of Rights (1689) instauraron límites al poder y garantías procesales.

  • Autoridad: Carta Magna (1215), arts. 38 a 40; Petition of Rights (1628); Habeas Corpus Amendment Act (1679); Bill of Rights (1689).
  • Caso: El hábeas corpus inglés (1679) es el antecedente directo del hábeas corpus del art. 7.6 CADH.
  • Doctrina: Historia del constitucionalismo inglés (A. V. Dicey). [verificar]

Constitucionalismo clásico y social

El clásico (s. XIX) consagró derechos civiles y políticos con un Estado pasivo; el social (s. XX, México 1917 y Weimar 1919) sumó los derechos económicos y sociales con un Estado activo.

  • Autoridad: Declaración de Virginia (1776); Declaración de Filadelfia (1776); DDHC (Francia, 1789); Constitución de Querétaro (México, 1917); Constitución de Weimar (1919).
  • Caso: Los DESC (salud, trabajo, educación) entran con Weimar y Querétaro; antes, el Estado era abstencionista y solo reconocía libertades.
  • Doctrina: Bidart Campos, G., Tratado elemental de derecho constitucional. [verificar]

El DIDH nace en 1945

La insuficiencia de la protección nacional frente al nazismo y el fascismo llevó a internacionalizar los derechos: Carta de la ONU (1945) y DUDH (1948).

  • Autoridad: Carta de la ONU (1945), arts. 1.3 y 55.c; DUDH (1948); Convención contra el Genocidio (1948); Pactos de 1966.
  • Caso: Los juicios de Núremberg y Tokio evidencian la insuficiencia del derecho interno y abren paso al DIDH.
  • Doctrina: Lauterpacht, H., sobre el individuo como sujeto del derecho internacional. [verificar]

Las generaciones se acumulan y Viena las integra

Los derechos no se suceden como generaciones biológicas: se sedimentan. La Declaración de Viena (1993) consagró universalidad, interdependencia e indivisibilidad.

  • Autoridad: Resolución AG ONU 2625/1970 (paz, desarrollo y autodeterminación); Declaración y Programa de Acción de Viena (1993).
  • Caso: El derecho a un ambiente sano (tercera generación) se constitucionaliza y se litiga como derecho de incidencia colectiva.
  • Doctrina: Cangado Trindade, A. A.: los derechos se acumulan y sedimentan, no se suceden. [verificar]
Explicación en lenguaje llano

Tres grandes momentos

Primero, los derechos se protegían solo con las leyes de cada país. Después de la Segunda Guerra, se vio que eso no alcanzaba y se crearon tratados internacionales. Y más tarde, los países de la región incorporaron esos tratados a sus constituciones, dándoles una fuerza especial. La protección va y vuelve, como un péndulo.

Los antecedentes fijaron el debido proceso

La Carta Magna inglesa de 1215 ya decía que nadie podía ser arrestado sin un juicio legal. La Petition of Rights, el Habeas Corpus y el Bill of Rights fueron agregando límites al poder del rey y garantías para las personas. Ahí está el germen del 'debido proceso'.

Constitucionalismo clásico y social

En el siglo XIX, las constituciones reconocían libertades (vida, expresión, propiedad) pero el Estado no hacía mucho más que no molestar. Con la Revolución Industrial apareció la 'cuestión social' y, en el siglo XX, las constituciones de México (1917) y Alemania (1919) agregaron derechos al trabajo, la salud y la educación, con un Estado que interviene.

El DIDH nace en 1945

Los totalitarismos demostraron que un dictador puede pisotear su propia constitución. Por eso la comunidad internacional decidió crear reglas por encima de los Estados: la Carta de la ONU primero, y la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948.

Las generaciones se acumulan y Viena las integra

Se habla de derechos de primera generación (civiles y políticos), segunda (económicos y sociales) y tercera (paz, desarrollo, ambiente). No se reemplazan: se suman. Y en 1993, en Viena, se afirmó que todos los derechos humanos son universales, interdependientes e indivisibles.

Analogía concreta

Tres grandes momentos

Como un paraguas que primero cada uno tenía en su casa, después se repartió entre vecinos y finalmente se guardó en la constitución del barrio.

Los antecedentes fijaron el debido proceso

Como las primeras reglas de un club: 'no se expulsa a un socio sin escucharlo'.

Constitucionalismo clásico y social

Como pasar de 'dejame en paz' (Estado pasivo) a 'ayudame a levantarme' (Estado activo).

El DIDH nace en 1945

Como después de un incendio enorme decidir instalar alarmas en todo el edificio, no solo en tu departamento.

Las generaciones se acumulan y Viena las integra

Como capas de ropa: no sacás la campera para ponerte el abrigo, las usás juntas.

Errores comunes

Creer que el DIDH nació con la DUDH

Hubo antecedentes internacionales desde 1906 y, sobre todo, la Carta de la ONU (1945).

Pensar que las generaciones se suceden

Se acumulan y sedimentan; hablar de 'generaciones' es una forma de ordenarlas, no de reemplazarlas.

Reducir la evolución a Europa

Hubo aportes americanos: la Declaración de Virginia (1776), la DADDH (1948) y todo el sistema interamericano.

Conexiones internas

Con ch03

La evolución desemboca en la responsabilidad internacional (Tema 1).

Con ch01 y ch02

La 'constitucionalización del DIDH' es la base del art. 75 inc. 22 CN.

Con ch07 y ch08

El sistema interamericano es parte de esa evolución (DADDH 1948 → Comisión 1959 → CADH 1969 → Corte 1979).

Con ch06

Los derechos sociales (segunda generación) son el origen de la progresividad.

Cuestionario

Puntaje: 0 / 15