Sin fuente no hay derecho
Las normas de DDHH se crean por medios determinados: tratados, costumbre y principios generales; la doctrina y la jurisprudencia solo ayudan a encontrarlas.
- Autoridad: Estatuto de la CIJ art. 38.1 (tratados, costumbre y principios generales); CADH art. 1.1.
- Caso: Si se alega una violación sin identificar de dónde surge la obligación (tratado o costumbre), la pretensión queda sin base.
- Doctrina: Jiménez de Aréchaga, E., Derecho internacional público (1993).
Los tratados de DDHH son de una categoría especial
No son un intercambio recíproco entre Estados: su objeto y fin es proteger a la persona y generan obligaciones erga omnes.
- Autoridad: CIJ, Reservas a la Convención contra el Genocidio, OC (1951): interés común; Corte IDH, OC-1/82 y OC-2/82.
- Caso: Un Estado no puede excusarse por el incumplimiento de otro: las obligaciones de DDHH son erga omnes, no sinalagmáticas.
- Doctrina: Pinto, Mónica, Temas de derechos humanos (1997).
Las reservas valen si respetan el objeto y fin
Un Estado puede excluir cláusulas, salvo que el tratado lo prohíba o que contraríe su objeto y fin; una reserva inaceptable se 'separa' y el tratado igual se aplica.
- Autoridad: CVDT arts. 19 a 23; CADH art. 75; Corte IDH, OC-2/82; Comité de DDHH, Observación General 24/1994.
- Caso: Una reserva genérica que vacía el derecho a la vida es inválida; el tratado se aplica al Estado reservante sin la reserva.
- Doctrina: Barberis, J. (crítica a la OC-2/82) frente a la posición del Comité de DDHH (OG 24).
Denuncia y terminación tienen reglas propias en DDHH
Muchos tratados permiten denuncia (CADH art. 78: a los 5 años, con preaviso de 1 año); la terminación por violación grave no se aplica a la protección de la persona (art. 60.5 CVDT).
- Autoridad: CADH art. 78 (a los 5 años, con preaviso de 1 año); CVDT art. 60.5 (excluye la protección de la persona humana).
- Caso: Trinidad y Tobago denunció la CADH (1998) por demoras de la Comisión; Venezuela la denunció (2012) y reingresó (2019). [verificar]
- Doctrina: Gomaa, M., Suspension or Termination of Treaties on Grounds of Breach (1996).
También obligan la costumbre, los principios y ciertas declaraciones
La DUDH y la Declaración Americana obligan como costumbre; los principios generales comunes a los ordenamientos internos son fuente creadora.
- Autoridad: DUDH (1948); DADDH (1948); Corte IDH, OC-10/89 (valor de la Declaración Americana).
- Caso: La DUDH no es un tratado, pero sus normas obligan como costumbre internacional, y Argentina les dio rango del art. 75 inc. 22.
- Doctrina: Carrillo Salcedo, J. A., sobre el valor jurídico de la DUDH. [verificar]